Por falta de quórum la Cámara de Diputados no pudo sesionar para tratar el proyecto de Ficha Limpia, que impide a los dirigentes condenados poder ser candidatos a cargos electivos.
La sesión había sido impulsada por el PRO, la Libertad Avanza, y la UCR reunió 128 legisladores, con lo cual estuvo a un diputado de alcanzar el piso para poder habilitar el debate.
El presidente del bloque de la UCR, Rodrigo De Loredo, aliado del oficialismo, intentó responsabilizar a los diputados del oficialismo de Córdoba por la falta de quorum diciendo que «Por Llaryora se acaba de caer Ficha Limpia en el recinto. Nos faltó un voto para el quorum. Faltaron dos diputados del gobernador. Como los teros dice una cosa y hace otra. En ésta son coherentes, hace años que se resisten a que se apruebe en Córdoba Ficha Limpia«.
La acusación del radical cordobés fue respondida rápidamente por el Diputado llaryorista Ignacio García Aresca, «De Loredo miente. Nosotros sí acompañamos al quorum del proyecto «Ficha Limpia». Los que no acompañaron, los que se borraron, fueron parte de la bancada del radicalismo«.
«Nosotros solo somos funcionales a los intereses de Córdoba. Nuestras convicciones no se tuercen y tienen por único valor defender a los cordobeses», completó el legislador peronista.
El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, levantó la sesión al verificar que no se habían reunido los 129 diputados
para habilitar el debate.
Ahora, la intención del oficialismo y de los bloques dialoguistas es volver a convocar a la sesión para la próxima semana; asistieron a la sesión legisladores de la LLA, del Pro, la UCR, Encuentro Federal, Democracia Siempre y uno de Santa Cruz; sin embargo, lo que destaca De Loredo es que a pesar de que el bloque que integran los cordobeses estuvo presente, dos diputadas por Córdoba, Alejandra Torres y Natalia De la Sota, no lo hicieron.
En cambio no asistieron los diputados de Unión por la Patria, la izquierda, Innovación Federal, y el bloque Independencia.
La iniciativa de ambos bloques, que reúne 17 proyectos, establece que no podrán ser candidatos a cargos electivos aquellos ciudadanos que tengan una condena en segunda instancia por los delitos de cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, y enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados.

