Tras los fuertes cuestionamientos de la oposición por la participación de miembros del Ejecutivo en el recinto, el Cuerpo legislativo estableció reglas claras basadas en la Ley Orgánica Municipal. El asesor letrado ratificó el carácter público de los debates, pero aclaró que el uso de la palabra para externos quedará sujeto a votación de los ediles.
En la última sesión ordinaria desarrollada este martes, el presidente del cuerpo, Daniel Reynoso, presentó un dictamen jurídico clave para disipar las dudas y quejas que la oposición venía manifestando respecto a la asistencia y participación de funcionarios municipales en el recinto.
El documento, elaborado por el Asesor Legal del Municipio, el Dr. Leandro Marcellino, arroja luz sobre un vacío de interpretación que venía generando roces internos. La resolución es tajante: las sesiones son públicas por ley, y cualquier ciudadano —sea funcionario o vecino— tiene derecho a presenciar los debates sin previo aviso. Sin embargo, el derecho a voz en el recinto tendrá, a partir de ahora, un filtro democrático obligatorio.
Para dar por cerrada la controversia, la presidencia se apoyó en la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba (8102). El artículo 18 de dicha norma establece que la publicidad de los actos de gobierno es la regla, y el carácter secreto es la excepción reservada para temas de extrema gravedad.
“Cualquier persona de la localidad puede libremente asistir y presenciar las sesiones, sean ciudadanos o funcionarios públicos, sin que se requiera dar aviso a los concejales”, reza el dictamen leído por secretaría.
Este punto responde directamente a los reclamos opositores que veían con desconfianza la presencia constante de integrantes del Gabinete municipal, interpretándolo en ocasiones como una forma de presión o injerencia sobre el Poder legislativo.
El uso de la palabra: el punto de conflicto
Si bien la asistencia es libre, el “derecho a voz” fue el eje de la mayor disputa. Según el análisis legal, los únicos habilitados por defecto para hablar son los concejales y el secretario. Para todos los demás asistentes, el procedimiento será estricto.
El interesado deberá solicitar el uso de la palabra.
El Presidente del Concejo deberá mocionar el pedido.
El cuerpo de concejales decidirá, mediante voto de mayoría, si se le concede o no la palabra al asistente.
“Vamos a adoptar la recomendación del asesor legal de poner en consideración cada vez que alguien externo solicite la palabra”, subrayó Reynoso tras la lectura del texto, buscando llevar “orden y claridad” a un recinto que en las últimas jornadas había visto desdibujados sus límites reglamentarios.
Fuente: El Diario del Pueblo

