12.4 C
Córdoba
Mié 17 junio 2026
InicioDestacadasExención impositiva para adultos mayores y población vulnerable

Exención impositiva para adultos mayores y población vulnerable

Las exenciones del Impuesto Inmobiliario 2021 para Adultos Mayores y Población Vulnerable se otorgan de forma automática a quienes cumplen con las condiciones para obtenerla.

Para acceder a esas exenciones no es necesario ir a una oficina ya que Rentas lo otorga en forma automática.

Exención para Adulto Mayor:

Para tener la exención del 100% en el Impuesto Inmobiliario Urbano 2021, tenés que cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2020.
  • Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vivís. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $5.400.000. 
  • Percibir ingresos netos totales inferiores a $52.000, al mes de noviembre de 2020.
  • No tener deudas en el impuesto provincial de tu inmueble al 31 de diciembre de 2020.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000. 
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $1.200.000.

Exención para Población Vulnerable

Esta exención puede ser del 100% o el 50%. En el primer caso, la persona debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2020.
  • Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vive. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $1.800.000. 
  • Percibir ingresos netos menores a $22.000, al mes de noviembre de 2020.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000. 
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $1.200.000.

Para tener un 50% de exención del impuesto, las condiciones son:

  • Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2020.
  • Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vive. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $2.700.000. 
  • Percibir ingresos netos menores a $52.000, al mes de noviembre de 2020.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000. 
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $1.200.000.

En caso de titular registral o poseedor, condóminos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.

Para consultar si el contribuyente está exento, NO ES NECESARIO ir a una oficina de Rentas ni de ningún otro organismo, se puede realizar desde cualquier dispositivo con internet, ingresando a este link

Para más información, acceder a la página de exenciones de la web Rentas Córdoba.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Most Popular

Recent Comments