El exintendente de Villa María Martín Gill fue sobreseído en la causa en la que estaba imputado por dos hechos de lesiones leves calificadas, por el vínculo y por mediar violencia de género, contra su expareja.
La decisión se fundó en el artículo 59 del Código Penal de la Nación y en la normativa procesal provincial.
La Cámara también fijó de oficio los honorarios del abogado defensor, Eduardo Rodríguez, y ordenó notificar de inmediato lo resuelto a la presunta víctima, en cumplimiento de la Ley provincial 11.122.
A principios de octubre, la fiscal de Instrucción del segundo turno de Villa María, Juliana Companys, había elevado la causa a juicio por segunda vez. En ese momento, Rodríguez ya había planteado públicamente que, a su entender, la acción penal estaba prescripta.

