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Sáb 13 junio 2026
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El Concejo Deliberante de Villa María le aprobó a Accastello la creación de un programa de financiamiento mediante emisión de bonos

El Concejo Deliberante de Villa María aprobó en segunda lectura la creación de un programa de financiamiento que habilita al Ejecutivo Municipal «para la toma de créditos mediante el sistema de emisión de bonos u otra modalidad similar».

En los fundamentos del proyecto se explica que “esta decisión se encuentra en lo expresado por el presidente en cuanto a la suspensión de la obra pública por parte del Estado nacional y la transferencia de la responsabilidad a los municipios para su conclusión”.

El proyecto faculta al Intendente Accastello “a través de la realización de operaciones de crédito público, mediante la emisión de títulos de deuda, bonos, fideicomisos financieros, operaciones de leasing o cualquier otro instrumento financiero utilizado habitualmente en el mercado, con un plazo máximo de amortización de hasta 96 meses contado desde su emisión, a realizar cesión en carácter de venta o pago, o cesión en carácter de garantía, de los recursos, y a concretar la apertura de una cuenta fiduciaria en una entidad financiera o fiduciaria habilitada por los organismos de contralor nacionales o internacionales”.

La norma sancionada dice también que “a tales fines, queda facultado a llevar adelante todos los actos y gestiones necesarias para renegociar y garantizar la sostenibilidad de la deuda pública del municipio”.

“El DEM estará facultado para emitir letras del tesoro bajo este programa, cuyo vencimiento deberá operar como máximo en un plazo de 3 años contados desde su emisión, así como los títulos de deuda, bonos, o cualquier otro instrumento financiero”, precisa el texto.

Además agrega que “se delega en el DEM las facultades correspondientes a los efectos de determinar la época y oportunidad de su emisión, el monto, el plazo, y todos los restantes términos y condiciones financieros, así como también anticipar las medidas, contrataciones y acciones indispensables para poner en marcha el programa de letras, títulos, bonos o cualquiera de las operaciones previstas en el proyecto”.

“EL DEM podrá afectar en garantía del pago de los bonos, títulos o instrumentos financieros, los ingresos provenientes de Rentas generales, y también los ingresos de la coparticipación provincial de impuestos. A tal fin, dispondrá la apertura de una cuenta bancaria especial o cuenta recaudadora específica, en la que depositará la recaudación de esos ingresos para afectarlos a la garantía de pago. Asimismo, queda facultado para gestionar el otorgamiento de avales del Gobierno provincial o nacional o de entidades de garantías públicas o privadas”, dicen los fundamentos del proyecto, para finalizar.

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