A partir del próximo lunes 10 de noviembre, las empresas prestatarias, tanto locales como internacionales, estarán habilitadas para inscribirse al Registro Digital Municipal.
La Municipalidad de Córdoba reglamentó la Ordenanza N°13.549 que legisla el «Servicio Privado de Interés Público de Transporte a través de Plataformas Electrónicas» . El texto se publicó hoy en el Boletín Electrónico Municipal: https://static01.cordoba.gob.ar/boe/boletines/boletin_2025_00000973.pdf.
Para su registro, las empresas deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación la constancia de inscripción vigente en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), certificación de inscripción vigente en la Dirección General de Rentas, constancia de inscripción vigente en Comercio e Industria, contrato social o estatuto y el acta de designación de las autoridades actuales, constitución de domicilio legal en la ciudad de Córdoba, certificado de habilitación de negocios y póliza de seguro acorde normativa exigida por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Los propietarios de los vehículos y los conductores de las empresas de aplicaciones de transporte registradas podrán empadronarse a partir del 25 de noviembre.
Los instructivos y la Ordenanza que detalla la documentación requerida puede consultarse en el Registro Digital Municipal: https://cordoba.gob.ar/registro-digital/
Todos los trámites podrán iniciarse, gestionarse y autorizarse mediante firma electrónica.

